Cubrir riesgos en el mercado eléctrico no es una novedad, sin embargo, a raíz de la reforma energética que estableció que cada tres años se revisaría el precio de referencia sobre el que se calcula la retribución a la inversión, la oferta por parte de las comercializadoras eléctricas de productos de este tipo va en aumento.
Se les conoce como seguros de precio de mercado, cobertura de precios o contrato de futuros (venta o producción en una fecha futura con un precio pactado en el presente). La cuestión es que protegen a los productores, que a la hora de hacer las cuentas al final de cada trienio y calcular la diferencia entre el precio de referencia y la retribución a su generación les puede salir a recibir o a devolver. Este riesgo está calculado en torno a un 12%.
Entre las grandes eléctricas, por el momento sólo Endesa oferta desde el año pasado un producto de cobertura de precios -que ahora, además, ha relanzado- para intentar mitigar este riesgo. También comercializadoras medianas ofrecen este tipo de servicios. Por ejemplo, Gesternova, que solo trabaja con energía cien por cien renovable, ofrece desde hace aproximadamente seis meses hacer a cada cliente una cotización a medida en función de distintos parámetros como es el caso de la producción.
Su responsable de análisis de mercado, Luis García Saenz, nos explica que se puede hacer de muchas maneras. Una de ellas es contra la propia cartera de clientes, pero también es posible hacerlo a través de mercados financieros, bancos que están en los mercados de futuros, o aseguradoras.
Seguros de precio de mercado
También a día de hoy hay instalaciones de energías renovables que ya están fuera de todo el régimen retributivo de tarifa. En este caso, «tener un contrato de futuro es necesario si no quieren tener el riesgo de que el mercado eléctrico se desplome«, dice García Saenz. Además, actualmente, en todos los «project finance» para renovables son los propios bancos los que exigen firmar una cobertura de precio, añade. Asimismo, como para los nuevos proyectos ya no existe el anterior régimen económico primado, los nuevos proyectos tienen que ir con un PPA (Plan de Previsión Asegurado).
En cualquier caso, este tipo de productos no son una novedad, sobretodo para la eólica. El Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial daba la opción a la generación de funcionar a tarifa o en el mercado, es decir, cerrar un precio de futuro para sortear el riesgo. «Por eso, hace tres o cuatro años cuando la tarifa bajó para esta tecnología mucha eólica se fue a mercado y se cerraron bastantes seguros de precio«, recuerda Luis Saénz.
Sin embargo, «la fotovoltaica no había tenido hasta ahora esa necesidad porque la tarifa estaba tan alta que era muy difícil que el precio de mercado compensar salirse de tarifa. Ahora, sin embargo, sí ha empezado a ser necesario cubrir riesgos por el margen del 12 por ciento«, señala.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.