En el artículo de esta semana, Pablo Corredoira, socio de Haz Energía, analiza las posibles metodologías de cálculo para cuantificar la tasa de rentabilidad razonable (TRR) que determinará la cuantía del Régimen Retributivo Específico para los próximos seis años, y nos ofrece su visión sobre ellas. En breve saldremos de dudas, se aproxima la fecha en la que debería fijarse la metodología para cuantificar ese diferencial.
Se acerca el momento. Tras un año de incertidumbres, globos sonda, mensajes catastrofistas del anterior ministerio y esperanzadores del actual, la espera se acerca a su final. En poco tiempo deberíamos tener por fin claridad sobre la tasa de rentabilidad razonable (TRR) que determinará la cuantía del Régimen Retributivo Específico para el próximo sexenio.
Si se atiende a los plazos que marcaba el RD413/2014, antes de final de año deberíamos tener la metodología para cuantificar ese diferencial que, sumado al rendimiento medio de las Obligaciones del Estado a diez años desde mayo de 2017 a mayo de 2019, dará como resultado dicha tasa.
Como indicaba al principio, desde finales de 2018 hemos tenido todo tipo de mensajes. Comenzamos el año con temor porque el anterior Ministro hablaba de mantener el diferencial “sine die” (cabe recordar, llegado este punto, que el diferencial de 300 puntos básicos se fijó únicamente para el primer periodo regulatorio). Si así fuese, y teniendo en cuenta la rentabilidad media de las Obligaciones del Estado hasta la fecha (aproximadamente, un 1,4%), nos encontraríamos con una TRR del 4,4%. Esto, en términos económicos significaría unas caídas de ingresos superiores al 20%. Es decir, la ruina de un sector que, desde 2010, vive inmerso en una espiral de recortes.
«La racionalidad se va instaurando en unas altas instancias que han tomado consciencia de la magnitud del problema y, así, de haber un ajuste, todo apunta a que será leve»
Sin embargo, parece que este escenario ha quedado finalmente en un susto, aunque hay quien todavía sigue con el miedo en el cuerpo. De un tiempo a esta parte, la racionalidad se va instaurando en unas altas instancias que han tomado consciencia de la magnitud del problema y, así, de haber un ajuste, todo apunta a que este será leve y tendrá un impacto poco significativo en las cuentas de resultados de las instalaciones.
En este sentido, cabe destacar la metodología de cálculo propuesta por la CNMC que, utilizando el concepto de la tasa WACC (coste del capital medio ponderado) estima una TRR para el próximo periodo del 7,09%. La aplicación de esta tasa significaría una caída de ingresos para un productor fotovoltaico de entre el 2 y 3% respecto de lo que va a cobrar en 2019. Un mal menor comparado con lo que se preveía a principios de año.
Al respecto de esta metodología, conviene apuntar no solo que llega tarde, sino que además, no parece razonable que pueda ser aplicada a la globalidad del sector. Me explico…
Obviamente llega tarde, muy tarde, y sinceramente, no creo que sea responsabilidad de la Comisión, sino de las anteriores cabezas visibles del Ministerio que establecieron una tasa oportunista y sin soporte técnico que la justificase. Se diga lo que se diga, lo que se hizo fue empezar la casa por el tejado. Había un déficit, así que se cuantificó cual era el importe del recorte necesario para cuadrar las cuentas del sistema eléctrico. A partir de ahí, se llevó a cabo un arreglo rápido y poco elaborado para repartir el pastel del ajuste y, para darle un toque más científico y trabajado, se utilizó el concepto de rentabilidad razonable. Fue como envolver una caja vacía con papel de regalo. Por fuera muy atractivo, pero por dentro sin contenido. Es decir, se puso el 7,398%, como podría haber sido el 12% o el 3,2%. Lo único importante era el resultado del modelo.
Pero pasa el tiempo y se observa que si en 2020 no cambian las cosas y se mantiene el diferencial como está, los proyectos entrarán en pérdidas y sin capacidad de hacer frente al servicio de la deuda, sometiendo nuevamente al sector financiero a un problema.
Toca revisar los desconchones provocados por las prisas y el diseño atropellado, y le ha correspondido a la CNMC hacer encaje de bolillos para justificar una cifra asumible por todas las partes
Así pues, toca revisar los desconchones provocados por las prisas y el diseño atropellado y se hace preciso llamar a alguien que le dé una mano de pintura para que, nuevamente, luzca atractivo. En este caso, esta labor de albañilería ha correspondido a la CNMC, que ha tenido que hacer encaje de bolillos para justificar una cifra asumible por todas las partes.
Pero la realidad es que utilizar una tasa WACC para todo un sector es un error, y más utilizando para su cálculo los datos de las empresas eléctricas más grandes. Sin ánimo de profundizar en la metodología empleada, existen unos temas significativos que pueden ser puntualizados.
En primer lugar, el sector renovable está muy atomizado y en él conviven grandes productores con propietarios de micro instalaciones. Ni unos ni otros tienen la misma capacidad de acceso a los mercados de deuda y, por tanto, el coste de la misma varía sustancialmente. No se puede comparar la posibilidad que tiene una empresa del IBEX para obtener financiación con la de un pequeño inversor. Obviamente, el coste de la deuda de este último es mucho mayor.
Tampoco se puede generalizar una WACC para todos los inversores. La tasa WACC es un parámetro que mide las expectativas de inversión y estas dependen del inversor particular. Es decir, de su aversión al riesgo. Un inversor “A” puede entrar en un determinado mercado exigiendo una rentabilidad “X”, mientras que un inversor “B” únicamente necesita una rentabilidad “Y” para acometer la misma inversión. La tasa WACC depende pues, de las expectativas personales o empresariales que se tengan.
Lo cierto es que los pequeños productores no pertenecientes a grandes grupos tenían unas expectativas de inversión definidas sobre un plan de negocio basado en los ingresos previstos en el Real Decreto 661/2007. Es decir, el coste de sus recursos propios era mucho más elevado que el de una gran corporación.
Por último, tampoco se puede establecer una tasa WACC idéntica para todas las tecnologías. Ni tienen la misma vida útil, ni el mismo riesgo y ni siquiera coinciden en las necesidades de capital requeridas para su puesta en marcha. No es lo mismo un zapato, que una bota o unas sandalias, por mucho que todas sirvan para andar.
En resumen, utilizar esta metodología a destiempo supone perpetuar el error cometido en el pasado. La realidad es que la tasa debería ser individual por tecnologías y estar basada en las expectativas iniciales de inversión de los productores. Las inversiones se acometieron con anterioridad a la puesta en marcha de las instalaciones y, tanto las expectativas de inversión como el coste de los recursos propios era distinto, para empezar porque se trataba de un periodo precrisis. Si una persona acomete una inversión mide su expectativa desde el principio, no se dedica a variarla con el tiempo. Y eso nos lleva a la segunda conclusión. Si, por obra y gracia del Ministerio, se nos indica cual debe ser la rentabilidad de nuestra inversión, lo mínimo es que, al menos, esta se mantenga en el tiempo.
En resumen, va siendo hora de no cambiar las reglas del juego a mitad de la partida.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.