Por Laura Ojea.
Entre los Objetivos para 2020 de la UE se encuentra el de la eficiencia energética. Los países miembros deberán ahorrar el 20% del consumo de energía adoptando medidas de eficiencia. Y pese a que España transpuso parte de la Directiva Europea que lo regula, falta por definir el catálogo de actuaciones concretas, entre ellas, los Certificados de Ahorro Energético, los CAE.
El 25 de octubre de 2012, el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, cuyo “cumplimiento a más tardar era el 5 de junio de 2014”. Así que, ligeramente fuera de plazo, el 4 de julio de 2014, se publicaba el Real Decreto-ley 8/2014, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, del que se derivó la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en donde se ponía en marcha el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
El FNEE
El artículo 20 de la Directiva dice que se permite a los Estados miembros crear un Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), como respaldo a las iniciativas nacionales en este campo. Se dedicará a la financiación de mecanismos de apoyo económico, financiero, asistencia técnica, formación, información, u otras medidas con el fin de aumentar la eficiencia energética en diferentes sectores de forma que contribuyan a alcanzar el objetivo de ahorro energético nacional.
Y para sostener económicamente ese Fondo, unos 350 millones de euros anuales, el 35% del total, provienen de Europa, pero ¿y hasta cubrir el 100%? Además de ingresos derivados de las subastas de derechos de emisión y de las consignaciones presupuestarias que, en su caso, se efectúen, se crea un sistema de obligaciones para las empresas comercializadoras de gas y electricidad y operadores de productos petrolíferos al por mayor, por el que deberán liquidar, a partir del año 2014, un ahorro equivalente al 1,5% de sus ventas anuales de energía.
En 2015, los pagos se han fijado en 0,789728 euros por ktep o 67.916,58 euros por GWh.
“Esto supone que, al final, las comercializadoras tenemos que repercutir ese pago en la factura de nuestros clientes, porque es otro coste más”, explica a EnergyNews Diego Montes, director general de Unieléctrica, “lo que encarece el precio de la luz”.
Los CAE
Pero, ¿hay alternativa? Según la Ley 18/2014 “se habilita al Gobierno para el establecimiento y desarrollo de un sistema de acreditación de ahorros de energía final, mediante la emisión de Certificados de Ahorro Energético (CAE)”, para que las empresas puedan sustituir sus obligaciones con el FNEE “mediante la promoción directa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética que reúnan todas las garantías necesarias”.
“Se entiende que si las empresas a las que les suministramos electricidad consiguen CAEs, los canjearíamos por nuestras obligaciones con el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, lo que les abarataría las facturas”, continúa Montes, “el problema es que aún estamos esperando que el Gobierno desarrolle e implemente esas medidas de eficiencia, que haga un catálogo con actuaciones concretas y que ponga en marcha esos Certificados, porque mientras haya ese vacío, puede ocurrir que las empresas tengan ya medidas de eficiencia energética pero no se las contabilice”.
La Ley señala que los Certificados de Ahorro Energético, los CAE, son un mecanismo de acreditación por haber realizado una serie de medidas para conseguir una determinada cantidad de ahorro energético equivalente al cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Gobierno.
Suspenso en eficiencia energética
En temas de eficiencia energética, a España se le ha olvidado hacer los deberes. No solo no han puesto en marcha los CAEs, sino que se ha retrasado tanto en trasponer la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios, la que obliga a incrementar la calidad de los inmuebles para que se conviertan en «edificios de consumo de energía casi nulo», que la Comisión Europea le ha abierto un procedimiento de infracción.
Además, también incumplirá la Directiva de Eficiencia Energética, que ordenaba a los Estados miembros a someter “a las empresas que no sean PYME a una auditoría energética realizada de manera independiente y con una buena rentabilidad por expertos cualificados y/o acreditados o ejecutada y supervisada por autoridades independientes con arreglo al Derecho nacional a más tardar el 5 de diciembre de 2015″. El Gobierno ha metido en un cajón la trasposición de esta orden y el decreto se tendrá que aprobar fuera de plazo.
Pero hay una más. Tampoco ha regulado la normativa europea de instalación de contadores individuales para calefacciones comunitarias.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.