La Secretaría de Estado de Energía ha publicado (BOE 16/06/2023) las resoluciones con las nuevas reglas del mercado organizado de gas, MIBGAS, y las del gestor de garantías (BOE 1/06/2023). Contienen la definición de nuevos índices de precios, así como la mejora de la metodología de cálculo del precio último, reforzando su representatividad ante escenarios de baja liquidez y alta volatilidad, y su comparabilidad con otros mercados europeos.
Las nuevas reglas son una actualización de las publicadas en 2015, cuando comenzó la negociación en el mercado organizado. Inciden en la mejora del mercado de gas y del gestor de garantías.
El propio operador de mercado y gestor de garantías, MIBGAS, hizo en su momento la propuesta. Se debatieron en el Comité de Agentes del Mercado y obtuvieron, de forma unánime, el informe favorable. Tanto de sus miembros como del Consejo de Administración de MIBGAS. Posteriormente, la CNMC dio su informe previo y MITECO las sometió a consulta pública.
Nuevas normas
Las mejoras de estas reglas afectarán directamente a los agentes y usuarios de MIBGAS. Entre ellas, la definición de nuevos índices de precios y la mejora de la metodología de cálculo del precio último. Con ellas, reforzarán su representatividad ante escenarios de baja liquidez y alta volatilidad, y su comparabilidad con otros mercados europeos.
Las nuevas reglas también incluyen el servicio de anulación de transacciones erróneas de los agentes (mistrades) bajo ciertas condiciones. Asimismo, el reparto a los agentes de los intereses bancarios devengados por su contribución en la cuenta de cobros y pagos del mercado. Además, según indican desde el propio MIBGAS:
“Para los agentes con acuerdos de creadores de mercado y los agentes que presten el servicio de creador de mercado obligatorio, se determina que, en situaciones de alta volatilidad u operación excepcional del mercado, el operador del mercado podrá determinar mediante instrucción la modificación de determinadas condiciones de cumplimiento y/o la exoneración total o parcial del servicio durante un período de tiempo determinado”.
Finalmente, se han actualizado para hacerlas compatibles con la Circular 2/2020, de 9 de enero, de la CNMC. Así, se actualizan las normas de balance de gas natural y con las reglas aplicables a MIBGAS Derivatives y en la negociación de productos con entrega en el VTP.
Igualmente, se han consolidado los diferentes Instrucciones y anexos en las propias reglas, simplificando las reglas y favoreciendo su comprensión.
Para el MIBGAS
Respecto a las nuevas normas de MIBGAS como gestor de garantías del sistema gasista, las modificaciones más relevantes incluyen:
- El reparto a los usuarios de los intereses bancarios devengados por su contribución en la cuenta del gestor de garantías;
- La incorporación de las cooperativas de crédito como entidades garantes;
- La ampliación de tres a cuatro agencias de calificación crediticia para la valoración del cumplimiento de las condiciones requeridas a los instrumentos de garantías.
Con la publicación de las reglas en el BOE, entran en vigor todos estos cambios. Se espera que mejoren la operativa del mercado ibérico del gas, adaptándose a los últimos cambios acaecidos en el sector gasista.
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Esther de Aragón es licenciada en Geografía e Historia. Lleva varias décadas trabajando para medios de comunicación de diferentes sectores. Además, es escritora y ha publicado libros de temática tan diversa como: guías de viaje, un libro sobre el vehículo eléctrico o una novela