El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha anunciado mediante un comunicado la actualización de la retribución de las renovables, cogeneración y residuos para el periodo comprendido entre 2017 y 2020. Esta actualización supondrá un incremento de unos 600 millones de euros anuales.
Como ya anunció el Ministerio de Energía en el mes de diciembre, el BOE (Orden ETU/130/2017, de 17 de febrero) ha publicado hoy la actualización de la retribución de las instalaciones de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, cogeneración y residuos para el segundo semiperiodo regulatorio que va de los años 2017 a 2019. Según el Ministerio de Energía, esta nueva retribución permitirá garantizar una rentabilidad razonable del 7,4% a las instalaciones.
El artículo 14.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y el artículo 20 del Real Decreto
413/2014, de 6 de junio, establecen que al finalizar cada periodo regulatorio, que tendrá
una duración de seis años, se podrán revisar los parámetros retributivos de las
instalaciones tipo, excepto la vida útil regulatoria y el valor estándar de la inversión inicial,
mientras que al finalizar cada semiperiodo regulatorio de tres años (momento actual), se revisarán para el resto del periodo regulatorio las estimaciones de ingresos por la venta de la energía.
El alza de la retribución de las renovables no afectará a los peajes
En la revisión llevada a cabo del precio del mercado para los próximos tres años se ha considerado el precio del mercado de futuros para ese periodo. En cuanto al precio del mercado para el segundo periodo regulatorio, éste se revisará en el año 2020 tal y como establece la normativa.
En el comunicado se informa de que el aumento de la retribución no tendrá repercusión al alza en los peajes.
Así, a partir del 1 de enero de 2017 esta actualización de los ingresos estándar por la venta de
energía en el mercado y los parámetros directamente relacionados, hace referencia a todas las instalaciones tipo aprobadas hasta ahora, con independencia de la orden a través de la cual se hayan aprobado.
Instalaciones que quedan excluidas de la retribución
No afecta esta actualización a las instalaciones que han superado su vida útil regulatoria antes del 1 de enero de 2017 y a las instalaciones tipo de las que se tiene constancia que no tienen asignada ninguna instalación que esté dentro de su vida útil regulatoria.
Así mismo, quedan excluidas las instalaciones de tratamiento de purines de porcino porque los parámetros retributivos quedaron anulados por el Tribunal Supremo. También están excluidas las instalaciones eólicas y fotovoltaicas en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares porque aún no se ha realizado subasta específica que determine su retribución.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.