La Comisión Nacional de los Mercados y para la Competencia (CNMC) ha aprobado la Circular de la retribución de gas y electricidad. En ella se establece la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica. También de la regasificación, transporte y distribución de gas natural.
Hemos ido siguiendo el proceso de las Circulares de la CNMC para la retribución del gas y de la electricidad. Incluso las diferentes reacciones a que dieron lugar, la polémica levantada o las diferencias generadas en la propia CNMC.
La aplicación de la metodología establecerá los valores de retribución para el periodo 2020-2025, en el caso de la electricidad, y 2021-2026, para el gas.
El pleno de la CNMC ha aprobado la citada Circular, tras acabar el proceso de tramitación que ha necesitado. Es la primera que se aprueba en el ámbito de las competencias atribuidas a la CNMC en el RD-Ley 1/2019. Se emite de acuerdo con el Consejo de Estado. La Circular se ha publicado en el BOE.
Remuneración
La principal novedad de la Circular consiste en establecer una metodología explícita para el cálculo de la tasa de retribución financiera. Está basada en el WACC (Weighted Average Cost of Capital o Coste Medio Ponderado de Capital). Añade la CNMC que see trata de una metodología consistente, reproducible y ampliamente utilizada entre los reguladores europeos. Con ella se calcula la tasa de retribución de las actividades reguladas del sector eléctrico y del sector del gas natural.
Según el concepto del WACC, el coste de capital de una empresa o actividad se representa por la suma ponderada de los respectivos costes de los fondos propios y de la deuda. La ponderación refleja el peso de cada recurso sobre el total de la financiación. Así, el WACC refleja el coste de la deuda y la rentabilidad exigida por los accionistas que proveen capital a través de los fondos propios.
LA CNMC explica que la metodología WACC refleja la realidad de los mercados de capital donde encuentran su financiación las empresas reguladas. Una remuneración de las inversiones con una rentabilidad igual al WACC implica que la empresa podrá obtener en el mercado los fondos necesarios para las inversiones previstas. Eso asegurará su continuidad y expansión. Es decir, el WACC garantiza una rentabilidad razonable para que los proveedores de capital aporten sus fondos para la financiación de la actividad regulada.
La metodología minimiza la incertidumbre regulatoria
Asimismo, según la CNMC, la utilización de la metodología WACC minimiza la incertidumbre regulatoria, dado que es fácilmente replicable. De esta manera, facilita la predictibilidad de las tasas de retribución futuras. Y contribuye a generar un entorno más estable y predecible que favorezca la inversión.
Esta metodología supone una diferencia sustancial con respecto a la tasa de retribución financiera aplicada en el periodo regulatorio actual. Se basaba en el valor del rendimiento del bono del Estado español a 10 años más un diferencial. El mismo está a punto de concluir.
Tasa aprobada en la Circular de retribución
La presente Circular se aprueba tomando en consideración el:
“Acuerdo por el que se aprueba la propuesta de metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica para el segundo periodo regulatorio 2020-2025” (INF/DE/044/18).
La CNMC lo aprobó el 30 de octubre de 2018. Dicha propuesta se sometió previamente a consulta pública tras informar a los Consejos Consultivos de Electricidad y de Hidrocarburos.
El segundo periodo regulatorio es el comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2025. Eso para para las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica. La tasa de retribución financiera que se obtiene para dicho periodo de acuerdo con la metodología aprobada por la CNMC es del 5,58%.
Para las actividades de transporte, regasificación y distribución de gas natural, el segundo periodo regulatorio es el comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2026. De acuerdo con la metodología de la CNMC se obtiene una tasa de retribución financiera:
- Del 5,44% para las actividades de transporte y regasificación de gas natural.
- Del 5,83% para la actividad de distribución de gas.
Esther de Aragón es licenciada en Geografía e Historia. Lleva varias décadas trabajando para medios de comunicación de diferentes sectores. Además, es escritora y ha publicado libros de temática tan diversa como: guías de viaje, un libro sobre el vehículo eléctrico o una novela