El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros para impulsar la utilización de infraestructuras gasistas contiene una serie de medidas relativas a la contratación y estructura de peajes de gasista, la actividad de bunkering de gas natural licuado en puertos y la lucha contra el fraude en la comercialización de gas natural.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 25 un real decreto cuyo contenido es un paquete de medidas destinadas a impulsar la utilización de las infraestructuras gasistas, así como a mejorar el funcionamiento del mercado. Estas medidas se articulan mediante la modificación del Real Decreto 949/2001 (acceso y régimen económico del sistema), del Real Decreto 1434/2002 (regulación de actividades) y del Real Decreto 984/2015 (mercado organizado), entre otras normas.
El real decreto adecúa el marco regulatorio para facilitar la contratación de nuevos servicios en las instalaciones gasistas, así como para hacer un uso más eficiente de los existentes.
El real decreto aprobado establece un procedimiento más ágil para inhabilitar a las comercializadoras fraudulentas, del mismo modo que se protege a los consumidores afectados.
Respecto a las medidas relativas al bunkering (suministro de combustible de barco a barco), cabe destacar que con especialmente importantes para dar un mayor uso a las plantas de gas natural licuado (GNL) y para permitir que el suministro de GNL para navegación sea facilitado por los puertos españoles.
Del mismo modo, el real decreto establece la estructura del peaje de inyección de biogás/biometano desde las plantas de tratamiento de residuos, ajustando así el marco normativo actual a las necesidades de avanzar en la descarbonización de la economía.
El real decreto aprobado también establece un procedimiento más ágil para inhabilitar a las comercializadoras fraudulentas, del mismo modo que se protege a los consumidores afectados. Estos consumidores seguirán manteniendo su suministro a través de una comercializadora de último recurso, sin perjuicio de que puedan cambiarse a otra comercializadora de su elección.
El procedimiento de baja de instalaciones de la red básica de gas también queda regulado, así como las obligaciones de desmantelamiento de las infraestructuras del sistema en pro de garantizar la seguridad y la protección del medio ambiente.
Por último, la tramitación de las infraestructuras gasistas afectadas por el Real Decreto-ley 13/2012 queda reestablecida, por lo que les permitirá obtener la autorización administrativa. Del mismo modo, se determina un procedimiento para valorar si su puesta en operación comercial es necesaria para el adecuado funcionamiento del sistema gasista.
Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense. Redactor en energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es.