La CNMC continúa denunciando los abusos en la formalización de contratos de suministros de energía eléctrica. Acaba de sancionar a Endesa Energía con 300.000 euros por formalizar contratos sin el consentimiento de un particular. Entre ellos, uno a una persona fallecida meses antes. Son infracciones graves contrarias a la Ley del Sector eléctrico (SNC/DE/105/18).
La denuncia llegó por parte de un particular que alertaba del cambio de suministrador en varias viviendas de las que era heredero. El denunciante se dio cuenta de ello tras comprobar el importe de sus facturas. Descubrió que habían cambiado el contrato de Endesa Energía XXI a Endesa Energía, S.A. Es decir, le habían pasado del mercado regulado al libre y le habían cambiado la tarifa aplicable, la potencia y la tensión de los suministros.
La CNMC inició una investigación y acreditó que Endesa Energía, S.A. no cumplió con los requisitos establecidos para la formalización de contratos. De hecho, suscribió tres contratos de manera presencial con una persona fallecida, ya que el titular había fallecido cuatro meses antes de la formalización “presencial”.
También comprobó que no coincidían las firmas de los contratos y de la persona fallecida. Además, la devolución de los puntos de suministro con la comercializadora (regulada) comportaba un reconocimiento tácito del cambio irregular.
Infracciones graves
En consecuencia, la CNMC ha emitido un comunicado en el que indica que Endesa Energía, S.A., es responsable de tres infracciones graves de acuerdo al artículo 65.23 de la Ley del Sector Eléctrico. Y detalla el incumplimiento reiterado de la compañía de los requisitos establecidos para la formalización de contratos de suministros de energía eléctrica. Asimismo, el incumplimiento de las condiciones de contratación y apoderamiento de los clientes.
Esta resolución de la CNMC pone fin a la vía administrativa. Por su parte, Endesa Energía, S.A. puede interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional.
Sanciones de la CNMC en los últimos años
No es la primera vez que hablamos de las prácticas ilegales de algunas comercializadoras y de las sanciones de la CNMC.
Durante 2019, las sanciones de la CNMC a las comercializadoras de gas y electricidad llegaron a los 2 millones de euros.
Las multas fueron por incumplir las medidas de protección del consumidor y formalizar contratos sin consentimiento del titular. Y, desde comienzos de 2020, ya tenemos constancia de otras sanciones por formalización ilegal de contratos, incluso por ofertas engañosas o no incluir “el precio final completo, incluidos los impuestos«, de dichas ofertas.
Pero es que en 2017 y 2018, las sanciones también superaron la cantidad de 1.600.000 euros.
Normas que protegen al consumidor
Las nuevas normativas intentan proteger al consumidor frente a las malas prácticas de las compañías. En esa línea, la publicación del Real Decreto-Ley de 5 de octubre. Una de sus medidas más populares fue la de prohibir que la electricidad se comercializara «puerta a puerta» a los consumidores domésticos.
Sin embargo, el RD añadía otras medidas. Entre ellas, la obligación de que las comercializadoras de referencia añadieran el posible ahorro de los consumidores cambiando a una tarifa de discriminación horaria.
Además, en septiembre de 2018, la CNMC aprobó una Decisión Jurídicamente Vinculante que obligaba a los principales grupos energéticos a cambiar su imagen de marca. El objetivo era que los clientes pudieran distinguir entre la empresa comercializadora que ofrece la tarifa regulada (PVPC), en electricidad, y (TUR), en gas, y la que actúa en el mercado libre.
Sin embargo, seguimos comprobando el incumplimiento de las leyes, lo que es preocupante. Especialmente significativo, cuando se trata de consumidores vulnerables.
De hecho, también decíamos recientemente que la CNMC había analizado los cambios de comercializador. Entre los resultados de su análisis, y en el sector eléctrico, un 0,7% de los cambios no habían sido acreditados. Por su parte, la tasa de cambios dudosos fue de un 37%, destacando en ellos los casos en usuarios con derecho a bono social que perdieron la prestación al realizar un cambio de compañía, un total de 59 casos.
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Esther de Aragón es licenciada en Geografía e Historia. Lleva varias décadas trabajando para medios de comunicación de diferentes sectores. Además, es escritora y ha publicado libros de temática tan diversa como: guías de viaje, un libro sobre el vehículo eléctrico o una novela
Contraté con ENDESA 4.500 kw de potencia, cuando recibí el contrato comprobé que habían aumentado la facturación a 6.500kw. Me puse en contacto con Endesa y me negué a firmar el contrato. He llamado a atención al cliente y he escrito varios correos a los que no han contestado. Quieren cobrarme 9.40€ para cambiarme la potencia a pesar de que yo no había contratado esa cantidad. Me siento estafada
Una vez presentado un escrito de disconformidad a la Comercializadora, por firma de un contrato con suplantación del representante legal, porque vía se debe recurrir para presentar una reclamación a nivel superior.
Hoy he presentado a la firma de uno de mis clientes, la denuncia a una gran comercializadora de la facturación de un termino de potencia superior a la contratada, teniendo P1 = 10,932 P2= 10,392 y P3 = 17 KW con demandas mínimas y llevan mas de un año facturando 17 KW X los días X 0,231114 ( con un triple error a su favor de potencia, precio de ATR’S superior al de BOE y no aplicar la bonificacion del 15% del maximetro). Por que via se puede denunciar este tipo de abusos.
Gracias Vicente por enviarnos tu comentario. Existen vías para denunciar ese tipo de acciones que comentas. La propia CNMC lo tramita. Las organizaciones de consumidores también lo hacen. En todo caso, por si te sirve de aclaración, la Junta de Andalucía tiene una página con este tipo de procedimiento bastante clara. Te dejo el enlace. Un abrazo