La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la resolución por la que se establece el contrato marco de acceso a las plantas de regasificación, la red de transporte y distribución de gas, almacenamientos y conexiones internacionales.
La resolución tiene como objetivo actualizar los contratos marco de interconexiones internacionales y de acceso al contenido de las nuevas circulares de la CNMC, en particular a la Circular 8/2019 de la CNMC. Esta circular establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural.
La aprobación de la resolución ha tenido lugar tras la finalización del proceso de consulta pública, en el que se han recibido aportaciones de 14 agentes que han sido tenidas en cuentas en la redacción final del documento.
Del mismo modo, los anexos de la resolución incluyen el nuevo modelo de contrato marco de acceso a las instalaciones del sistema gasista y el documento de adhesión al mismo.
¿A quiénes se aplica el nuevo contrato?
La actualización del contrato marco se aplica a todos aquellos sujetos con derecho de acceso a las instalaciones del sistema gasista que deseen utilizar el sistema; a los operadores de infraestructuras gasistas tales como plantas de regasificación, distribuidores, transportistas y operadores de almacenamientos subterráneos) y, por último, al Gestor Técnico del Sistema.
El plazo de adaptación del que disponen los agentes para adaptar sus contratos al nuevo modelo es de 3 meses, siempre manteniendo los actuales derechos de capacidad contratados.
¿Qué novedades trae el nuevo contrato marco?
El nuevo contrato marco trae consigo una novedad principal consistente en la unificación en un mismo contrato de la contratación del acceso a las conexiones internacionales por gasoducto en Europa, así como al resto de instalaciones gasistas con derecho de acceso.
Con ello, se busca hacer más simple el proceso de contratación de acceso para cualquier instalación del sistema gasista español.
Del mismo modo, se mantiene la estructura y las cláusulas de los anteriores contratos marco, aunque ahora encontremos algunas mejoras técnicas y cambios para su adaptación a las nuevas circulares publicadas.
En resumen, este nuevo modelo contiene la nueva configuración de la contratación de la regasificación y el almacenamiento de GNL consideradas como un tanque único de almacenamiento. Esto quiere decir que se pasa de realizar contratos individuales para cada planta de regasificación a realizarlos para el conjunto de las instalaciones.
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Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense. Redactor en energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es.