El Gobierno quiere aprobar un nuevo real decreto que regule el procedimiento de cierre de centrales eléctricas y para ello ha puesto en marcha el pasado 2 de agosto una consulta pública previa que tiene como objetivo recabar la opinión de las personas y entidades potencialmente afectadas por la norma proyectada.
De acuerdo con el documento en el que se sustancia la consulta pública previa sobre la aprobación de un nuevo real decreto que regule el procedimiento de cierre de instalaciones de generación eléctrica, la nueva norma pretende garantizar que se cuenta con las medidas regulatorias necesarias para asegurar que las decisiones de cierre de centrales son coherentes con los instrumentos de planificación energética y compatibles con los objetivos de seguridad del suministro, cambio climático y precio de la energía.
Es decir, además de abordar una serie de medidas que garanticen en todo momento la seguridad del suministro en el territorio nacional, se trata de tener en cuenta las proyecciones e impactos de cada tecnología en la generación eléctrica nacional, de cara a las obligaciones de planificación energética con la Unión Europea en el horizonte 2030 y 2050, para lograr el cumplimiento de los objetivos energéticos y de cambio climático que los Estados miembros han asumido como consecuencia, entre otros, del reciente Acuerdo de París.
«Al mismo tiempo -añade el documento-, se debe ponderar el coste-beneficio que implicaría el cierre de una central y la posible apertura de una nueva central, considerando el impacto sobre el precio de la energía para usuarios domésticos e industriales y sobre la competitividad de la economía española«.
Cierre de centrales eléctricas
El Gobierno busca también con ella dotarse de los instrumentos adecuados para garantizar la continuidad de las centrales ante eventuales cierres y otras situaciones de contingencia, como reconoce en el apartado (b.
En esta línea, el texto dice que la iniciativa ha de abordase necesariamente a través de una alternativa regulatoria, para lo que se apoya en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, que han de actualizarse, en lo que estos procedimientos se ya se contemplan, según afirma el Ministerio de Energía.
Consulta pública previa
Una vez explicado todo ello, el Gobierno expone dos cuestiones para someterlas a la consulta previa -cuyo plazo finaliza el 15 de septiembre- de las personas y entidades potencialmente afectadas por la norma proyectada.
Por un lado, lanza el la cuestión de si consideran oportuno mantener operativa una central por motivos de seguridad del suministro, cambio climático e impacto en el precio. Por otro, se interesa por conocer qué procedimiento creen que debería seguirse en el supuesto que el titular solicite el cierre de una central que es necesaria para el sistema.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.