El Gobierno de Cantabria va a impulsar la electrificación de edificios particulares aislados en el medio rural mediante fuentes de energía renovables. Va a destinar 50.000 euros en ayudas para edificaciones aisladas que estén en poblaciones con menos de 15.000 habitantes. Asimismo, a edificaciones aisladas que pertenezcan a núcleos con menos de 2.500 habitantes.
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó el pasado día 17 el extracto de la orden de la Consejería de Medio Ambiente al respeccto Se van a destinar 50.000 euros en ayudas a la electrificación mediante el empleo de sistemas basados en energías renovables. No es la primera vez que convoca ayudas el Gobierno de Cantabria para la electrificación de edificaciones en el medio rural.
El plazo de presentación de solicitudes, según señala el Gobierno cántabro en una nota de prensa, será de un mes que comenzará a contar desde el día siguiente al que deje de estar vigente el estado de alarma declarado.
Solamente recibirán esta ayuda aquellos proyectos cuyo coste de la inversión subvencionable sea superior a 1.500 euros.
El plazo de ejecución de dichas actuaciones será el comprendido entre el 1 de enero y el 20 de noviembre de este año. Por otra parte, el plazo máximo para justificar la inversión comenzará desde la finalización de la obra hasta el 20 de noviembre.
Beneficiarios de la electrificación de edificios particulares aislados
El BOC indica que recibirán las ayudas sólo aquellos proyectos cuyo coste de la inversión subvencionable sea superior a 1.500 euros.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de las instalaciones objeto de la subvención. Quedan fuera las instalaciones cuyo fin no sea el autoconsumo.
Además, quedan excluidos los elementos de producción de energía que sean portátiles tales como grupos electrógenos movidos por combustibles derivados del petróleo, o cualquier otro dispositivo o sistema que no pueda considerarse como fijo.
También serán beneficiarias las instalaciones necesarias para aumentar la potencia disponible en edificaciones que ya disponen de suministro eléctrico. Eso sí, siempre que esta ampliación se produzca por sistemas de producción de energía eléctrica por medio de energías renovables. No se admitirán las ampliaciones de potencia a través de las líneas de acometidas propiedad de las compañías eléctricas.
Y, además, las edificaciones tienen que tener alguno de estos usos: el de vivienda; instalaciones agrícolas y ganaderas con una superficie en planta superior a 30 metros cuadrados; otras edificaciones para uso agrícola o agroalimentario; otras construcciones destinadas a uso general, tales como ermitas, talleres, garajes, almacenes, pajares o locales de labranza.
Presentación de proyectos
Los interesados deberán realizar un proyecto de inversión que sea viable técnica y económicamente. Además, el proyecto deberá dotar de energía eléctrica a edificaciones que no dispongan de ningún tipo de servicio eléctrico, por sistemas autónomos y fijos de producción. Y la electrificación tendrá que hacerse por medio de energías renovables para consumo propio.
También se incluyen las instalaciones necesarias para aumentar la potencia disponible en edificaciones, siempre que esta ampliación se produzca por medio de energías renovables.
Las solicitudes deberán presentarse en el registro de la Consejería o en cualquier otro registro o lugar de los previstos por la normativa actual.
FUENTE: GOBIERNO DE CANTABRIA
Esther de Aragón es licenciada en Geografía e Historia. Lleva varias décadas trabajando para medios de comunicación de diferentes sectores. Además, es escritora y ha publicado libros de temática tan diversa como: guías de viaje, un libro sobre el vehículo eléctrico o una novela