A pesar de las sanciones, continúan los cambios de comercializadora sin consentimiento de los clientes. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha multado a Endesa Energía con 30.000 euros tras recibir la denuncia de un consumidor, a través de la Asociación de Consumidores FACUA-Consumidores en Acción, que reclamaba que le habían cambiado de compañía eléctrica sin su consentimiento.
Una vez conoció la denuncia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, posteriormente, inició un expediente sancionador contra Endesa Energía, S.A.U. por cometer una infracción administrativa de carácter leve de las previstas en el artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. En concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes.
Energy News ha hablado con Jorge Morales de Labra, experto en el sector eléctrico, para saber porqué esto sigue ocurriendo y qué se podría hacer para evitarlo. Nos ha dicho que «es urgente la revisión de la tipificación de este tipo de sanciones puesto que cuando cada año más de un millón de consumidores se pasan al mercado libre y mucho de ellos no lo saben, porque eso es lo que reconocen cuando se les pregunta en las encuestas, es que en general se está engañando a la gente«.
Además, considera que las sanciones -del orden de 20.000, 30.000 ó 40.000 euros y recurribles- no se corresponden con el daño real total del proceso. Y es que el beneficio total agregado que se puede pasar de una comercializadora a otra podría perfectamente superar más de mil millones al año, calcula este experto.
Tampoco está de acuerdo con la cantidad de casos que han salido a la luz, unos quince o veinte. Piensa que son más. «Sabemos que hay mucha gente que se pasa al mercado libre sin saberlo y que al final acaba pagando más por lo mismo, que es lo más grave«, asevera. Por cierto, que el importe de la multa se destina íntegramente al Tesoro Público, nos dicen en la CNMC.
«Sabemos que hay muchas gente que se pasa al mercado libre sin saberlo y que al final acaba pagando más por lo mismo, que es lo más grave«, dice Jorge Morales de Labra
Por otra lado, Morales de Labra nos dice que es urgente reclamar lo que anunció el ministro de Energía, Álvaro Nadal, en sede parlamentaria, que llegó a publicarse en el BOE y que, sin embargo no se ha desarrollado. Se trata de que todo el mundo viera si su precio de la luz es adecuado usando un código de semáforos, de colores, de manera que en la factura se pudiera comparar su precio con la media del año anterior, por ejemplo.
El perjuicio económico que puede suponer para un consumidor doméstico depende del precio que le haya establecido la comercializadora y cuanto tiempo haya pasado hasta que se ha dado cuenta. Jorge Morales de Labra dice que es habitual que se acabe pagando un 20% o un 30% más de lo que es la tarifa oficial, «luego si tienes en cuenta que un cliente doméstico paga unos 800 euros al año, estaríamos hablando de entre 150 y 300 euros más o menos». «Esto no acabaría con el engaño pero sí evitaría que los consumidores paguen más cuando esto ocurre«, nos explica.
Cambios de comercializadora
En el caso que nos ocupa, la CNMC ha acreditado que Endesa Energía no ha respetado el procedimiento que deben seguir las comercializadoras de electricidad para contratar con un nuevo cliente ni tampoco ha contado con su consentimiento, informa en un comunicado.
No es la primera vez que la CNMC sanciona a empresas del sector por prácticas similares. En 2017 multó a Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios y Viesgo Energía con un total de 155.000 euros
Esta no es la primera vez que la CNMC sanciona a empresas del sector energético por prácticas similares. En 2017 multó a cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, S.A.U., Iberdrola Clientes, S.A.U., Gas Natural Servicios, SDG, S.A. y Viesgo Energía, S.L.) con un total de 155.000 euros.
Además, la CNMC publicó 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los consumidores y las comercializadoras de electricidad y gas natural, cuando se realiza una contratación. Entre otros, insistía en la importancia de que las compañías sean muy cuidadosas a la hora de captar clientes a través de canales de venta domiciliaria y por teléfono, especialmente en el caso de consumidores vulnerables y de personas mayores.
Asimismo, recuerda que la normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador, y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes.
La normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador, y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes.
La sanción que corresponde a Endesa Energía, por la infracción cometida es de 30.000 euros, y se aprueban las reducciones recogidas en la normativa siempre y cuando se produzca el desistimiento o renuncia de cualquier acción, o recurso en vía administrativa, contra la sanción, concluye la CNMC.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.