La CNMC (Comisición Nacional de los Mercados y la Competencia) alerta que las comercializadoras están cambiando los contratos de electricidad sin consultar al consumidor. El Regulador ha observado malas prácticas de las comercializadoras de electricidad que están alterando el mercado y perjudicando a los consumidores. Ante esta situación, advierte a los consumidores y recoge una serie de recomendaciones en el Informe de Supervisión del Mercado Minorista de electricidad de 2017.
Rescisión de los contratos
Ante el escenario de precios elevados registrado en el mercado mayorista durante el año 2018, la CNMC ha detectado varias comercializadoras que están rescindiendo o modificando los contratos con sus clientes sin mantener las condiciones pactadas inicialmente con ellos. Los contratos con consumidores en baja tensión no pueden ser rescindidos unilateralmente por el comercializador, antes de la finalización del plazo del primer año o de la finalización de sus prórrogas, también anuales.
Variación en los precios de los contratos
El 70% de los contratos existentes contempla un precio fijo para el año de vigencia del contrato
, de acuerdo con los datos recogidos en el comparador de ofertas de la CNMC. Aun así, es habitual que los contratos contemplen la posibilidad de modificar estos precios ante variaciones de determinados componentes de la factura.
Cambios en el componente regulado
La mayor parte de los contratos existentes en el mercado libre contemplan cláusulas para trasladar al consumidor cualquier variación en los componentes regulados
. En concreto, se trata del Peaje de acceso, Pagos por capacidad, Financiación del Bono Social, Financiación del Fondo de Eficiencia Energética, el coeficiente de pérdidas estándar y el ajustado y la Financiación del Operador del Sistema y del Mercado. Al amparo de estas cláusulas, algunas comercializadoras realizan variaciones que suponen ajustes en la factura de menos de 10 céntimos de euro.
La CNMC recomienda a las comercializadoras que realicen un cálculo más ajustado porque estos cambios dificultan la comparación de ofertas. Además, recuerda que también deben trasladar al consumidor los cambios a la baja o por la eliminación de alguno de estos conceptos.
Cambios por el componente de la energía
Además, se han detectado cambios en el precio del componente de la energía. Así, algunos comercializadores han modificado el precio fijo por un precio referenciado horariamente al precio del mercado mayorista. Otros han subido entre un 20% y un 30% los precios de su contrato. Otros incluso modifican sus precios en la primera factura frente a lo pactado en la firma del contrato.
La CNMC advierte que si ha contratado un precio fijo para la duración del contrato, las variaciones que haya en el precio del mercado de producción de electricidad (ya sea por la evolución de los precios de los combustibles, del precio del CO2 o de los impuestos sobre la generación) no deben ser trasladados al consumidor a través de una modificación del precio del suministro. El riesgo de estas posibles variaciones debería estar internalizado en el precio de este tipo ofertas. Por tanto, en estos casos, las modificaciones que están realizando los comercializadores antes de la finalización del contrato o su prórroga, no son acordes a lo previsto en dicho contrato.
Cambio en el contrato de acceso
Por último, algunos comercializadores están modificando el peaje de acceso del consumidor contratando discriminación horaria, sin el consentimiento previo. De hecho, no se da opción al consumidor de oponerse a tal modificación, simplemente se le ofrece rescindir el contrato. Por esta razón, la CNMC recuerda que el comercializador no puede modificar el contrato de acceso del consumidor sin contar con su consentimiento previo, aun cuando esa actuación le supongan unas condiciones más favorables. Asimismo, el comercializador debe dar la opción al consumidor de mantener las condiciones contratadas hasta la finalización del contrato o su prórroga.
Tendencias del mercado minorista
El informe analiza la situación del mercado minorista y pone de manifiesto que se ha incrementado el número de consumidores domésticos con tarifas con precios variables, es decir, precios diferentes para determinadas horas del día o para determinados días de la semana. Esta situación viene favorecida por el despliegue de los nuevos contadores telegestionados que registran medida horaria, y cuyo Plan de Sustitución finalizó el 31 de diciembre de 2018.
También se ha producido un aumento del número de consumidores directos a mercado. Es decir, que prescinden de intermediarios y compran la energía directamente al mercado mayorista. De esta manera evitan obligaciones como la financiación del bono social, la aportación destinada al Fondo Nacional del Eficiencia Energética y la tasa municipal que ingresan los ayuntamientos por el suministro de energía eléctrica en su localidad. Por esta razón, la CNMC considera que debería modificar la regulación para que tengan las mismas obligaciones que las comercializadoras.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.
En mi caso aparece un escrito en mi última factura diciendo que yo cambié de comercializadora antes del año y por eso soy penalizado con 0,50€ por kw… ésto es una estafa y me aparece un cobro por ese concepto de 40€ ,a quién hay que acudir para realizar la denuncia