Los beneficiarios del bono social eléctrico dispondrán de 6 meses más (hasta octubre) para solicitar el nuevo bono social, basado en criterios de renta en favor de que puedan acceder a él los consumidores que más lo necesiten. Entre los requisitos para solicitarlo: renta anual familiar por debajo de umbrales determinados, familias numerosas y hogares formados por pensionistas.
El Ministerio de Turismo, Energía y Agenda Digital ha tramitado la prórroga del plazo de solicitud del nuevo bono social eléctrico hasta octubre. De esta manera, los beneficiarios del anterior esquema pueden solicitar su inclusión en el nuevo bono social.
Nuevo bono social eléctrico
Los consumidores que quieran acogerse al nuevo plan deberán ser considerados como vulnerables. Estos consumidores dispondrán de un 25% de descuento en su factura. Todos aquellos que tengan contratada la tarifa PVPC con una potencia igual o inferior a 10 kW en su vivienda habitual tienen derecho a solicitar el bono social. Para ello han de cumplir una serie de requisitos:
- La renta anual familiar debe ser inferior a unos umbrales determinados que varían en función del tamaño del hogar. Este umbral se incrementa en el caso de personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y de terrorismo.
- Hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y familias numerosas.
Por otro lado, el descuento se incrementará hasta el 40% para los considerados consumidores vulnerables severos, que serán aquellos cuya renta familiar sea inferior a los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables. Estos son los umbrales:
- Por ser familia numerosa con una renta igual o inferior a 2 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) (15.039,18 €/año).
- Por ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente y siempre que perciban la cuantían mínima vigente en cada momento para estas clases de pensión y no perciban otros ingresos, cuando su renta sea igual o inferior a 1 vez el IPREM (7.519,59 €/año)
Solicitud del bono social eléctrico
Para su inclusión en el bono social eléctrico, el consumidor tendrá que presentar una solicitud ante su actual empresa comercializadora, adjuntando la siguiente documentación:
-Modelo de solicitud (disponible en la web de su comercializadora).
-Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y de los menores de 14 años que dispongan de él).
-Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, de todos los miembros de la unidad familiar.
-Libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.
– Copia del título de familia numerosa en vigor; Certificado de la Seguridad Social por ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente que cobren la pensión mínima; Certificado o documento acreditativo emitido por los servicios sociales del órgano competente para las circunstancias especiales de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo.
Las empresas comercializadoras han puesto a disposición de los consumidores los siguientes canales para poder presentar la solicitud y la documentación acreditativa:
1. Por teléfono (en los números de contacto disponibles en las facturas de los comercializadores de referencia o en sus páginas web).
2. En las oficinas del comercializador de referencia.
3. Por fax o a través del correo electrónico que comunique el comercializador de referencia en su página web o en su factura.
4. Por correo postal en la dirección que comunique el comercializador de referencia en su página web o en su factura.
5. A través de la página web del comercializador de referencia.
Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense. Redactor en energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es.