Axpo Iberia ha presentado un recurso administrativo para denunciar irregularidades y falta de transparencia ante la licitación pública convocada para el suministro de energía eléctrica (por 10 meses) de las desaladoras “Alicante II” y “San Pedro del Pinatar II”, situadas en las provincias de Alicante y Murcia.
El pasado 3 de noviembre de 2016, el Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla aprobó los pliegos de la licitación y autorizó la contratación de energía eléctrica por el sistema de Procedimiento Abierto, con la aprobación de Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (a través de la Dirección General del Agua) puesto que la Mancomunidad es un organismo autónomo adscrito a dicho Ministerio.
A la licitación se presentaron seis empresas: Gesternova, SA; Iberdrola Clientes SAU; Gas Natural Comercializadora, SA; Axpo Iberia, SLU; Acciona Green Energy Developments, SL; y Endesa Energía, SAU., que quedó excluida por superar el importe máximo de la licitación.
La valoración de la oferta tenía dos partes: una económica (valoración máxima de 80 puntos) y otra técnica (valoración máxima de 20 puntos). La clasificación del resto de empresas según sus ofertas económicas fue la siguiente:
1.- Axpo Iberia: 8.748.253,46 €
2.- Acciona: 8.995.329,61 €.
3.- Iberdrola: 9.030.658,46€.
4.- Gas Natural: 9.032.220,44 €.
5.- Gesternova: 9.035.786,59 €.
La oferta presentada por Axpo Iberia fue la más competitiva (282.000 € inferior a la adjudicada finalmente) «pero al aplicarse “criterios técnicos no evaluables mediante fórmulas”, es decir, una valoración subjetiva, Iberdrola ganó finalmente el concurso»
, informa Axpo en un comunicado. Iberdrola consiguió el máximo establecido (20 puntos) frente a los 5,60 de Axpo Iberia.
De esta forma, las valoraciones finales de los participantes, quedaron así:
1. Iberdrola clientes: Económica, 73,05; Técnica, 20. Total: 93,05
2. Gas Natural: Económica 73,01; Técnica, 12,8. Total: 85,81
3. Axpo Iberia: Económica 80; Técnica 5,60. Total: 85,60
4. Acciona: económica 73,92; Técnica 5,60. Total: 79,52
5. Gesternova: Económica 72,93; Técnica 3,20. Total: 76,13
«Criterios no evaluables mediante fórmula”
Para Ignacio Soneira, director general de Axpo Iberia “desde el sector venimos observando con preocupación cómo se reproducen sistemáticamente este tipo de situaciones, dada la tendencia creciente en el marco de concursos públicos, a reservar un porcentaje de la valoración a “criterios no evaluables mediante fórmula”, lo que en la práctica sirve de “cajón de sastre” para decidir las adjudicaciones a favor de empresas que no logran las mejores puntuaciones en su oferta”.
En el caso concreto de las desaladoras de Alicante y Murcia, en su apartado “técnico” el informe de valoración refleja la puntuación obtenida por cada empresa, sin fundamentarla ni dar detalles sobre las diferencias entre ellas:
1.- “Se valorará con un máximo de hasta 50 puntos: para las características o especificaciones ambientales, se tendrá en cuenta: el etiquetado energético, el lugar ocupado en la producción de energías renovables, la acreditación por la comisión nacional de la energía y otras que sean de aplicación”.
En cuanto a la producción procedente de fuentes renovables, Axpo Iberia señala que cuenta con la mayor cartera de energías renovables de la península y deja patente, tanto en su catálogo de servicios como en su presentación, que el 100% de la energía que suministra es de origen renovable. En concreto, la totalidad de energía suministrada por Axpo Iberia cuenta con 0 emisiones de CO 2 (A) y 0 emisiones de residuos radioactivos (A).
2.- “Se valorará con un máximo de 30 puntos la Calidad de Atención al cliente”.
En relación con este punto, Axpo Iberia asegura que detalló toda su oferta de servicios: gestor personal, oficinas de representación en todo el territorio nacional, teléfono de atención 24 horas, servicios técnicos de asesoramiento, auditorías energéticas, web de descarga de facturas, curvas de carga, etc.
3.- “Condiciones sociales de la empresa”.
Axpo Iberia dice que «en este punto no se especifica en ningún momento los criterios que se deben cumplir para satisfacer el mismo y además en el Cuadro de características del pliego de cláusulas administrativas particulares, dice expresamente (en su apartado 25.2, “Condiciones especiales de ejecución”) que “No se exigen condiciones de carácter social”, si bien el punto 16.1.3 del mismo cuadro sí se tiene en cuenta como criterio de valoración de las ofertas«.
«Axpo Iberia pide Igualdad de oportunidades»
Ante los hechos descritos, Axpo Iberia ha decidido interponer un recurso especial en materia de contratación, que está fundamentado «en la falta de transparencia del informe de adjudicación y en la necesidad de una explicación acerca de los criterios técnicos que se encuentran detrás de la adjudicación de puntos a cada una de las empresas por aspectos no objetivos«.
La compañía recuerda que la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC) ha estimado recientemente en 48.000 millones de euros los sobrecostes por la falta de competencia en las licitaciones públicas.
Ignacio Soneira cree que “en un mercado eléctrico liberalizado, es necesario exigir una total transparencia en la licitación de concursos públicos y unas reglas de juego claras que garanticen igualdad de oportunidades para todas las comercializadoras. Es la única forma de garantizar una libre competencia que finalmente redundará en beneficios para los ciudadanos”
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.