El autoconsumo eléctrico es una opción para ahorrar en la factura de la luz tanto para quienes tienen viviendas unifamiliares como para los que viven en comunidades de vecinos. Te contamos todo lo que necesitas saber del autoconsumo colectivo.
Las instalaciones para autoconsumo se pueden poner en edificios de pisos; de hecho existe una normativa de reciente aprobación para que sea más sencillo ponerse de acuerdo en las comunidades de vecinos.
Qué es el autoconsumo colectivo
El colectivo es una instalación de energía renovable para autoconsumo que distribuye la electricidad entre un grupo de consumidores, según un reparto acordado previamente. Por ejemplo, en un edificio de varios pisos, se pueden poner paneles fotovoltaicos para repartir la electricidad generada entre los vecinos que han financiado la instalación.
Los consumidores se conectan directamente a las placas solares, sin que la electricidad pase por la red eléctrica de distribución.
«Como se suele producir más electricidad a mediodía, cuando muchos vecinos están fuera de sus casas, estas instalaciones suelen acogerse al sistema de compensación de excedentes«, explican los expertos de la OCU. Es decir, vierten a la red la energía no consumida y reciben una compensación económica, pues esos kilovatios se les descuentan de su factura mensual según un precio acordado.
Tipos de instalación para autoconsumo colectivo
Las comunidades de propietarios se pueden plantear varios tipos de instalación:
- Para cubrir el consumo eléctrico del edificio (ascensor, escalera, garaje, zonas comunes…). En este caso, la propiedad de la instalación corresponde a la comunidad de propietarios.
- Para las viviendas: la energía cubre el gasto que realizan los vecinos en sus hogares. La instalación será propiedad de los vecinos que participan de ella.
- Para las viviendas y zonas comunes: tiene suficiente capacidad para cubrir las necesidades del edificio y distribuir energía a los hogares. En este caso, la instalación de autoconsumo también será comunitaria.
Este tipo de instalaciones necesitan un contador que controla cuánta energía se genera y a quién se reparte.
¿Tienen que estar de acuerdo todos los vecinos?
Hace unos meses se actualizó la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar la instalación de sistemas de autoconsumo en los edificios de varias viviendas. Las mayorías que se requieren son distintas si la instalación es para uso común o si el aprovechamiento será privativo de cada vecino.
Para instalaciones de uso común
Si la instalación va a cubrir las necesidades del edificio, se requiere el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que representen también la mayoría simple de las cuotas de participación, siempre que el coste de la instalación repercutido anualmente no supere la cuantía de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. El coste se calcula una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada la financiación si la hay.
Para calcular esa mayoría, se cuentan como votos a favor los de los propietarios ausentes que, tras haber recibido la convocatoria, no han ido a la junta, pero han sido informados después de la decisión y no se han opuesto en un plazo de 30 días.
Los propietarios que voten en contra no pueden participar posteriormente de la instalación, por lo que tendrán que seguir pagando su gasto común de electricidad.
El coste de estas obras y de los préstamos o la financiación para hacerlas se consideran gastos generales y se distribuyen según las reglas habituales.
Para instalaciones de uso privativo
Si el sistema tiene un aprovechamiento privativo (es el caso si la energía se destina a las viviendas y no participan todos los vecinos), la mayoría no es tan estricta.
En este caso, por Ley hace falta el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. En este caso, a los propietarios que voten en contra no se les puede cargar ningún coste de la instalación, la adaptación de las infraestructuras comunes o el mantenimiento del sistema.
Los gastos de conservación y mantenimiento de la nueva infraestructura tendrán la consideración de elemento común. Cualquier aspecto de la instalación de autoconsumo que no esté regulado explícitamente debe contar con aprobación de la junta de propietarios.
¿Cuánto cuesta poner paneles solares en un edificio de pisos?
«Cada instalación es diferente y el coste pueden variar mucho, lo que hace oscilar también el plazo de amortización», explican desde la organización de consumidores OCU.
Además, hay que comprobar las posibles subvenciones y si hay alguna rebaja del IBI en el municipio para los edificios que los instalen.
Los expertos de la OCU aconsejan «pedir siempre al menos tres presupuestos a empresas especializadas y que hagan un estudio de la cubierta«.
Este estudio tiene que indicar qué cantidad de energía se producirá (potencial energético), el presupuesto del proyecto, cuánta de esa energía se podrá aprovechar para el autoconsumo y cuánta se verterá a la red y cuál es el retorno económico esperado.
«También hay que estudiar las curvas de consumo diarias, pues no es lo mismo consumir la mayor parte de electricidad a partir de las ocho de la tarde, que gastarla por la mañana, cuando el sistema está produciendo», añaden.
Una de las reglas de oro del autoconsumo fotovoltaico es que toda la electricidad producida por el sistema debe ser consumida por sus usuarios. «No interesa que la producción sea superior al consumo, ya que la energía que vertemos a la red se descuenta de la energía que compramos, y ese es el máximo que nos van a compensar».
OCU aconseja que la potencia instalada no sobrepase el 60% del consumo previsto.
Periodista de cuándo se maquetaba con tipómetro (no, no hace tanto...). Toda una vida dedicada a escribir sobre energía y acerca de cómo la movilidad cambia (para bien) la vida de las personas.