Desde el 1 de marzo se han puesto en marcha las modificaciones de los procedimientos de operación de medidas y de liquidaciones adaptados al RD 244/2019. Desde esa fecha, los autoconsumidores pueden, de forma oficial, verter los excedentes que producen sus instalaciones a la red.
Red Eléctrica, como operadora del sistema ha avisado a los agentes del sector, tales como distribuidoras y comercializadoras. De esta forma, las comercializadoras podrán comprar lo que consumen en conjunto sus clientes, menos los excedentes de los clientes que tengan autoconsumo.
El Gobierno aprobó, hace 11 meses, la nueva normativa que derogaba el llamado “impuesto al sol”. En consecuencia, abrió la puerta a que los autoconsumidores fueran compensados por sus excedentes mediante una factura neta. Y, además, que pudieran autoconsumir de forma colectiva.
La consecuencia de la aprobación de la normativa se dejó ver enseguida. Desde ese momento hasta hoy, las instalaciones de autoconsumo en España han duplicado sus existencias. En esa línea, llegaron en 2019 a los 458MW.
A tenor de estos datos, las previsiones indican un aumento exponencial en los próximos años, llegando a los 3GW en nuestro país.
Además, los beneficios están claros. Lo comentábamos hace pocos meses:
«En un contexto en el que el consumo anual de energía se incrementa de media entre un 1% y un 2%, se hace necesario aprovechar medios que abundan en nuestro país: la radiación solar y los recursos eólicos. Esta práctica, asociada la modalidad del autoconsumo, se convierte en un elemento fundamental para el cambio económico y social en el uso de la energía. Y hace partícipe a la ciudadanía de la gestión de la energía».
Autoconsumidores
Desde ahora, las comercializadoras pasan a ser los interlocutores con Red Eléctrica. Informarán a la operadora sobre la liquidación de los excedentes, además de los cambios que van a sufrir las distintas instalaciones. Estas pueden ser tanto de instalación como de autonconsumo, entre otros.
En el caso de los sujetos de liquidación que necesiten unidades de programación para la participación en mercado y liquidación de las distintas modalidades de autoconsumo aprobadas en la normativa, pueden solicitar el alta de las unidades a la Red Eléctrica. Eso sí, siempre y cuando no dispongan de ellas en la actualidad, para poder disponer desde ahora.
Desde finales de febrero, es una realidad el mecanismo que permite saldar en una única factura el beneficio por el vertido de los excedentes. Es decir, el consumidor con placas fotovoltaicas en su tejado y cuya generación produzca excedentes, podrán compensar esos excedentes.
Desde el 1 de marzo, los autoconsumidores ya pueden verter a la red y compensar sus excedentes
Ya hay algunas comercializadoras que ofrecen este servicio de compensación por los excedentes. Anteriormente, la comercializadora de turno compraba todo el suministro para la instalación sin tener en cuenta el suministro. Y si devolvía esos excedentes a su cliente era contra el margen de ese suministro.
De esta forma, las comercializadoras que trabajen con este tipo de autoconsumidores, tendrán que comprar menos energía. Y realizarán pagos inferiores por ella, asociados fundamentalmente con el precio de mercado mayorista o Pool por OMIE. Aunque deberán soportar el resto de costes por el total de energía consumida por sus clientes, sin tener en cuenta el descuento de los excedentes. Entre esos costes, pagos por capacidad, interrumpibilidad, restricciones, etc.
Fuente: iELEKTRO
Esther de Aragón es licenciada en Geografía e Historia. Lleva varias décadas trabajando para medios de comunicación de diferentes sectores. Además, es escritora y ha publicado libros de temática tan diversa como: guías de viaje, un libro sobre el vehículo eléctrico o una novela