El Parlamento y el Consejo Europeo aprobaron hace un año el reglamento (2019/943) relativo al mercado interior de la electricidad y la directiva (2019/944) sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. Estas normativas articulan la aparición de la figura del agregador de demanda en los mercados locales de energía, necesarios para conseguir alcanzar una generación distribuida en España. La transposición a la legislación española de estas iniciativas debe llevarse a cabo antes del 1 de enero de 2021.
La figura del agregador de demanda tiene como objetivo gestionar la demanda eléctrica de manera flexible. Por ello, actúan como comercializadores de cargas de consumo flexibles a corto plazo, formulando ofertas de subidas o bajadas del consumo eléctrico garantizando un ahorro energético a las empresas o consumidores.
Autoconsumo en España
España cuenta con un marco legislativo y regulatorio muy favorable para el desarrollo del autoconsumo renovable. Según explica José María García,experto de la Comisión de Energía del Colegio y Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid, «actualmente es posible ahorrar en la factura de la luz en sectores como el doméstico, comercial, industrial y agrícola, pudiendo recibir compensaciones por excedentes en el balance mensual».
Los usuarios de instalaciones de autoconsumo están logrando ahorros del 30% en promedio que tienen su origen en la energía que no consumen de la red. Por su parte, de media, la inversión en el sistema de autoconsumo tarda en recuperarse unos cinco años. José María García destaca: «El abaratamiento del precio de las baterías en los próximos años permitirá incrementar tanto el dimensionamiento como el ahorro de este tipo de instalaciones, reduciendo el retorno de la inversión a un plazo de 2 o 3 años».
Agregador de demanda
El desarrollo de la generación distribuida en España necesita la llegada de la figura del agregador, que gestiona, optimiza y modula en los mercados locales la demanda y exportación de energía al sistema por parte de pequeños y medianos consumidores.
Para ello, el Reglamento 2019/943 aprobado por las instituciones europeas relativo al mercado interior de la electricidad indica que la participación en el mercado de los clientes finales y las pequeñas empresas se hará posible mediante la agregación de la generación de electricidad para presentar ofertas conjuntas en el mercado de la electricidad y se hará en condiciones de igualdad en el mercado. «Otros aspectos interesantes recogidos en la normativa son que los gestores de redes darán prioridad a instalaciones de energía renovables de menos de 400 kW y que se podrá participar en los mercados intradiarios con ofertas mínimas de 500 kW o inferiores», según apunta José María García.
«La transposición de la normativa europea permitirá a los consumidores desempeñar un papel fundamental para alcanzar la flexibilidad necesaria para adaptar el sistema eléctrico a la generación de electricidad renovable, distribuida y variable», destacan los expertos del Colegio y la Asociación. La directiva 2019/943 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad permite que los consumidores obtengan beneficios de la implantación de sistemas de medición inteligentes, así como de contratos con precios de la electricidad dinámicos.
También es reseñable que la nueva normativa urge a facilitar información en tiempo real a los autoconsumidores sobre su consumo energético y las señales de precio y coste del servicio. José María García concluye: «El ciudadano va a poder ser un participante activo más en el mercado de la energía, de manera que puedan invitar a los competidores a hacer ofertas basándose en esa información».
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Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense. Redactor en energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es.