La Asociación de Empresas de Energía Eléctrica (aelēc) ha decidido interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Concretamente, contra la Orden HFP/94/2023, de 2 de febrero, que recoge el gravamen extraordinario al sector. La misma aprueba los modelos de declaración y pago anticipado del nuevo gravamen a las compañías energéticas.
Hemos hablado otras veces del impuesto extraordinario a las eléctricas. De hecho, hace un par de meses la propia Agencia Internacional de la Energía emitía un informe al respecto. Entonces, la AIE alertaba sobre los riesgos de gravar los ingresos de las eléctricas. La agencia defendía gravar los beneficios extraordinarios, no los ingresos. Añadía que “las inconsistencias” entre los regímenes regulatorios “podrían crear incertidumbre” para los inversores. En consecuencia, un sector como el de las renovables podría hacerse menos atractivo y, por tanto, ralentizarse.
Además, señalaba la diferencia entre los ingresos de las eléctricas y de las grandes empresas de petróleo y gas:
“Mayores ingresos para las ‘utilities’ europeas no siempre se han traducido en ganancias en los últimos meses, porque las ‘utilities’ tienen perfiles de negocios diversos. Eso les permite compensar las pérdidas en un segmento de negocios con las ganancias de otro”.
Con respecto a los riesgos de la inversión en renovables, nosotros mismos decíamos sobre el informe de la AIE:
“Añade (la AIE) que hay que tener en cuenta los desafíos específicos de la tecnología, que impiden una expansión más rápida de energías renovables: la protección de los consumidores vulnerables a través de las intervenciones de mercado, los límites máximos del mercado mayorista y los impuestos a las ganancias extraordinarias”.
El recurso de aelēc
Como indicamos, la asociación de las principales eléctricas en España ha recurrido directamente la orden ministerial a la Audiencia Nacional. Es la orden que aprueba los modelos de declaración y pago anticipado del nuevo gravamen a las compañías energéticas.
La asociación considera que el gravamen es discriminatorio e injustificado por cuatro motivos:
- Es único en Europa. La Unión Europa ha establecido un impuesto sobre el petróleo y el gas, en el que nada se dice sobre el sector eléctrico. Por tanto, el gravamen aprobado en España penaliza a un sector clave para impulsar el necesario cambio del modelo energético. Y no sólo mundial, sino específicamente español. Es imprescindible que España acelere su reconversión energética para tener fuentes de energía propias que reduzcan la dependencia energética del exterior.
- Sobre ingresos. Además, en Europa es sobre beneficios y no sobre ingresos, como se ha implementado en España. Somos el único país de Europa que grava los ingresos, en concreto, el 1,2%.
- Discriminación. Porque solo un determinado número de empresas eléctricas son elegibles y otras, independientemente de su tamaño, están eximidas.
- Incoherencia fiscal. Grava ingresos que ya estaban topados y regulados por la Administración Pública en 67€/MWh. Y grava incluso los conceptos que el Gobierno factura a través del sector eléctrico que no aportan beneficio alguno a las compañías eléctricas.
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Esther de Aragón es licenciada en Geografía e Historia. Lleva varias décadas trabajando para medios de comunicación de diferentes sectores. Además, es escritora y ha publicado libros de temática tan diversa como: guías de viaje, un libro sobre el vehículo eléctrico o una novela