El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha abierto el plazo de audiencia para la presentación de alegaciones y así se lo ha notificado a las once entidades personadas en el procedimiento administrativo que debe decidir el futuro de Garoña (Burgos).
El plazo será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación del oficio, para que puedan presentar las alegaciones y los documentos que estimen oportunos. Todas las instituciones, asociaciones y empresas personadas han podido estudiar durante casi cinco meses el informe que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) elaboró sobre Garoña y de cuya recepción fueron informados por el propio Ministerio de Energía a principios de marzo.
Superado este procedimiento de audiencia y estudiadas las alegaciones el Gobierno tomará una decisión, informa el Ministerio en un comunicado. El CSN hizo público su informe el pasado 8 de febrero. Y a partir de esa fecha se abrió un plazo de seis meses para pronunciarse sobre la renovación o no de la autorización de explotación de la central nuclear.
Las entidades personadas para las que se abre el plazo de alegaciones son las siguientes: Parlamento Vasco, Gobierno Vasco, Junta de Castilla y León, Gobierno de Navarra, Diputación de Álava, Gobierno de La Rioja, Asociación de Municipios de Áreas con Centrales Nucleares (AMAC), Nuclenor, Greenpeace, Asociación Ecologistas en Acción-Burgos y la Asociación Ecologista Centaurea.
Futuro de Garoña
El informe emitido en febrero por el Consejo de Seguridad Nuclear fue favorable a la renovación de autorización de la explotación de la central nuclear con el único voto en contra de Cristina Narbona, miembro entonces del Pleno del CSN junto al presidente, Fernando Martí; la vicepresidenta, Rosario Velasco, y los otros dos consejeros Fernando Castelló y Javier Dies.
De todos modos, el CSN establecía en su dictamen bastantes condiciones para renovar la autorización de explotación de la central -que no produce electricidad desde el 16 de diciembre de 2012- solicitada en 2014 por su titular, Nuclenor, participada al 50% por Iberdrola y Endesa.
Según informó en su momento el propio CSN, las ocho primeras condiciones, de un total de diez, se refieren a requisitos de tipo genérico incluidos en las autorizaciones de explotación de todas las centrales nucleares tales como identificación del titular y explotador responsable, potencia máxima autorizada, documentos Oficiales de Explotación o programas de mejora mientras que las dos últimas se han fijado en torno a dos momentos concretos de la instalación: la primera carga de combustible y la reacción nuclear en cadena automantenida.
Carlos Sánchez Criado
Publicista por la Universidad Complutense. Director comercial de publicaciones técnicas del sector de la energía durante doce años. Director de Energy News Events, S.L. desde 2012 difundiendo información en Energynews.es, movilidadelectrica.com e hidrogeno-verde.es. Y por supuesto, organizando eventos como VEM, la Feria del Vehículo Eléctrico de Madrid.